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miércoles, 13 de junio de 2012

Walto Torres desde OPINION hace ver que no tiene sentido seguir negociando con Chile para obtener salida sin soberanía. Ofrece el autor un atisbo de esperanza

¿La resolución de la OEA, es un fracaso de la estrategia boliviana? ¿O es un fracaso por la inexistencia de estrategia? La frustración acarrea dos nocivas consecuencias: primero, al declararlo asunto bilateral, la cuestión marítima boliviana deja de ser un “tema de interés hemisférico”, y segundo, tratarlo ya no es de competencia de la OEA, por ser un organismo multilateral. 

Si el único corredor posible con soberanía, es a través de la actual frontera entre Chile y Perú, pretender trilaterizar la solución, es una pérdida de tiempo. Perú, al sostener la bilateralidad del problema, rechaza una opción de trilateralidad, a pesar de que le concierne directamente. Presionar a Chile a que unilateralmente desconozca el Tratado de 1929 desafía al Perú a que vuelva a empantanar las perspectivas de una solución, pues Perú nos cedió el “despreciado” puerto de Ilo, y ahí termina su solidaridad. Aun si el Perú aceptara el corredor al mar a través de territorios que le pertenecieron, podría motivar el pedido de una compensación a Bolivia, y significara la revisión del Tratado de 1929, lo que Chile y Perú rechazan. Quedan dos rutas. La primera: El sentimentalismo reivindicativo de los bolivianos no debe reemplazar al raciocinio. Si queremos ser efectivos, tenemos que dejar de lado el agravio y ser más creativos para salir del circulo vicioso. Aun si se hubiera ratificado la resolución del 79, la “recomendación” a continuar con el diálogo “bilateral” no obliga a Chile negociar una salida si no quiere, sabe que las resoluciones de la OEA no son vinculantes y que es más fuerte que Bolivia en todos los órdenes. 

No obstante, la negociación directa con Chile sigue siendo factible para obtener una salida “sin soberanía”, la que no es apta ni aceptable para Bolivia, entonces ¿tiene algún sentido continuar la negociación para obtener algo que ya tenemos en IIo, y sin compensaciones? Un referéndum puede definir esta disyuntiva. Segundo: Como Chile no revisará el Tratado de 1904, Bolivia puede recurrir a la Corte Internacional de Justicia en aplicación de los artículos 31, 34 y 35 del Pacto de Bogotá. Y aun si la CIJ se declarara incompetente, Bolivia puede recurrir a la Corte Internacional de Arbitraje de La Haya invocando el cumplimiento del Protocolo de 1907. Este protocolo, permite la “reinterpretación y la ejecución” del Tratado de Paz, lo que implícitamente significa su revisión, y obliga a Chile a aceptar la jurisdicción de la Corte de Arbitraje. El Tratado de 1904 solo cede “dominio absoluto y perpetuo” desde el paralelo 23 hasta la desembocadura del río Loa en el paralelo 21.34. El actual “dominio y posesión” de Chile del paralelo 23 al 24, el que comprende territorio, mar y 6 islas e islotes, es ilegal, arbitrario e injusto, y significa una ocupación forzosa que es necesario “reinterpretarla y reaplicarla”.

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